¿Puede entrar el casero en mi piso de alquiler?

Que el piso sea suyo no le da derecho a entrar cuando quiera. Mientras vives allí, es tu casa, y la ley la protege también frente a él. Esta guía explica cuándo tienes que dejarle pasar, cuándo no, y qué hacer si entra sin tu permiso.

Última actualización:

En resumen

  • El domicilio es inviolable: nadie puede entrar sin el consentimiento de su titular o una orden judicial, salvo flagrante delito (artículo 18.2 de la Constitución). Que el casero tenga llaves no le da ese permiso.
  • Tienes que dejarle comprobar el estado del piso cuando le avisas de una reparación, y soportar las obras que no pueden esperar al final del contrato (arts. 21 y 22).
  • Entrar en la vivienda de otro contra la voluntad de quien vive en ella puede ser allanamiento de morada (art. 202 del Código Penal). Guarda pruebas y, si hace falta, denuncia.

¿Puede entrar si tiene llaves?

No sin tu permiso. La Constitución dice que el domicilio es inviolable, y que nadie puede entrar en él sin el consentimiento de su titular o una orden judicial, salvo en caso de flagrante delito (artículo 18.2 de la Constitución).

El Código Penal castiga a quien, sin vivir en ella, entra en la vivienda de otro o se queda en ella contra la voluntad de quien vive allí (art. 202 del Código Penal). La norma no hace ninguna excepción para el propietario.

Guardar una copia de las llaves no le da permiso para usarlas. Para entrar necesita que le dejes pasar cada vez.

¿Cuándo tengo que dejarle entrar?

art. 21.2art. 21.3art. 22

Hay situaciones en las que la ley te pide colaborar:

  • Reparaciones. Cuando le avisas de que algo necesita reparación, debes dejarle comprobar el estado del piso, en persona o con los técnicos que él elija, solo para eso (art. 21.3).
  • Obras de conservación que no pueden esperar al final del contrato. Tienes que soportarlas aunque sean muy molestas. Si duran más de veinte días, la renta baja en proporción a la parte del piso que no puedes usar (art. 21.2).
  • Obras de mejora que no pueden esperar. El casero debe avisarte por escrito con al menos tres meses de antelación, diciendo qué obra es, cuándo empieza, cuánto dura y cuánto cuesta (art. 22.2). Si las soportas, tienes derecho a una rebaja de la renta en proporción a la parte del piso que pierdes, y a que te pague los gastos que te causen (art. 22.3).

¿Y para enseñar el piso a compradores o a nuevos inquilinos?

La LAU no regula estas visitas. Mira qué dice tu contrato y, si no dice nada, podéis acordarlas: por ejemplo, con aviso previo, en horas que te vengan bien y estando tú en casa. Sin tu permiso, la regla general sigue siendo la misma: no puede entrar.

Ha entrado sin mi permiso: ¿qué hago?

Mantén la calma y deja constancia de lo ocurrido:

  • Apunta la fecha y la hora, y guarda cualquier prueba: mensajes, correos o testigos.
  • Escríbele pidiendo que no vuelva a entrar sin tu permiso. Por escrito queda constancia.
  • Si ha entrado contra tu voluntad, puede ser un delito de allanamiento de morada (art. 202 del Código Penal), que puedes denunciar ante la Policía Nacional, la Guardia Civil o el juzgado.

Ejemplo

Plazos cuando hay obras en tu piso

Aviso de una obra de mejora, como mínimo
3 meses
Para desistir del contrato tras ese aviso
1 mes
Obra de conservación que rebaja la renta si dura más de
20 días

Arts. 21.2 y 22.2 de la LAU. No puedes desistir si la obra no afecta, o afecta poco, a tu vivienda.

Preguntas frecuentes

¿Puede entrar el casero sin avisar?

No. Para entrar necesita tu permiso o una orden judicial, salvo flagrante delito (artículo 18.2 de la Constitución). Avisar no basta: necesita que le dejes pasar.

¿Puede quedarse con una copia de las llaves?

La LAU no dice nada sobre las llaves. Pero tener una copia no le da permiso para entrar: sigue necesitando tu consentimiento cada vez.

¿Y si hay una avería urgente y no estoy?

La ley no le da un permiso general para entrar. Lo que sí dice es que tú puedes hacer las reparaciones urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, avisándole antes, y pedirle el importe (art. 21.3). Si quieres que entre él, puedes darle permiso para esa ocasión.

¿Puede mandar a un técnico en su lugar?

Sí, para comprobar una reparación de la que le has avisado: la ley habla de verificarlo por sí mismo o por los técnicos que designe (art. 21.3).

¿Tengo que dejarle hacer obras?

Las de conservación que no pueden esperar al final del contrato, sí, aunque sean molestas (art. 21.2). Las de mejora que no pueden esperar, también, pero con aviso por escrito de al menos tres meses, y puedes desistir del contrato en el mes siguiente a ese aviso, salvo que la obra no afecte, o afecte poco, a tu vivienda (art. 22.2).

¿Qué hago ahora?

  1. Acordad cómo avisa

    Pídele que te avise antes de cualquier visita, y deja claro que solo entra con tu permiso.

  2. Colabora con las reparaciones

    Si avisas de una avería, déjale comprobarla, a él o a su técnico. Es lo que pide la ley.

  3. Si entra sin permiso, déjalo por escrito

    Apunta qué pasó, guarda pruebas y escríbele. Si se repite, puedes denunciar.

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